Protocolo atención temprana, Instrucciones de inicio de curso Atención domiciliaria y hospitalaria, UET


20 Jul, 2021

MESA SECTORIAL: 20 de JULIO 2021

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     Hoy martes 21 de julio se ha llevado a cabo la primera de las cuatro Mesa sectorial convocadas para esta semana en la que se han abordado:

 

 

ATENCIÓN TEMPRANA

 

     Este protocolo establece el procedimiento de coordinación entre el personal de los centros educativos  y los Centros de Atención Temprana (CAT) para la atención de los menores de 6 años con posibles alteraciones y trastornos del desarrollo o en riesgo de sufrirlo.  

     La propuesta modifica el anterior protocolo, implantado este mismo curso , especialmente respecto a las actuaciones de  los profesionales implicados. Todo ello, fruto de la aplicación del Decreto 72/2021 de organización de la orientación educativa y profesional y de la creación de las nuevas estructuras de orientación. Esta modificación es pues  consecuencia, única y exclusivamente, de los cambios provocados por nuevo modelo de organización de la orientación educativa y profesional y la desaparición de los SPEs.

     Modifica significativamente las actuaciones de Coordinación, acompañamiento y seguimiento ya que establece un protocolo de actuación en el que están implicados: la agrupaciones orientación de zona, los equipos de orientación educativa, los gabinetes psicopedagógicos municipales, las nuevas UEOs y los centros de educación especial como centros de recursos. 

     ANPE considera que este cambio que supone una multiplicidad de pasos consecuencia de las estructuras y superestructuras del nuevo modelo impuesto y que aumenta la burocracia, incrementando las tareas de los profesionales implicados en detrimento de las respuestas personalizadas a la medida y necesidad de cada niño/a o familia.

 Por otro lado, la coordinación y acompañamiento con los profesionales del CAT se extiende como máximo hasta el primer curso de escolarización. ANPE considera que, para garantizar la continuidad de esta atención, es  imprescindible la  atención multidisciplinar de los menores  tanto previamente a la escolarización en la etapa de Infantil como durante todo el periodo de escolarización en esta etapa

     ANPE apuesta por un modelo de CAT de gestión pública que evite la derivación de esta atención a centros privados y fuera del contexto de la escuela.

 

 

 

 

ATENCIÓN DOMICILIARIA Y HOSPITALARIA

 

     Las novedades más significativas respecto a la resolución del curso pasado son, por un lado, la referencia en texto de  la puesta en marcha del módulo de inclusión en ITACA3 y la regulación del la atención domiciliaria en casos de convalecencia superior a los dos meses para el alumnado escolarizado en Bachiller.

     Para ANPE es fundamental generalizar la  atención domiciliaria y hospitalaria  al alumnado de todas las etapas y niveles educativos , incluyendo la FP, y la ampliación de la atención educativa en todos los hospitales.

     Ante los posibles escenarios del curso próximo ANPE ha exigido que se garanticen  todas las medidas de seguridad sanitaria tanto en la atención domiciliaria como en la hospitalaria. 

     Las propuestas concretas de ANPE de cada uno de los dos aspectos tratados en esta resolución han sido:

 

 ATENCIÓN EDUCATIVA DOMICILIARIA

  1. Dotación inmediata de profesorado de atención domiciliaria en los casos que se requiera evitando así la  reestructuración del  horario del profesorado del centro mientras se cubren estas vacantes
  2. Reducir el plazo mínimo de atención domiciliaria, fijado en 2 meses, para evitar sobrecarga de trabajo a los tutores de los centros.

  3. Respetar las horas lectivas de cada cuerpo docente en  los horarios de docencia directa en el domicilio.

  4. Aumentar el periodo máximo de atención domiciliaria, fijado en 30 días, en los casos de alternancia entre hospitalización y atención domiciliaria y en los de incorporación al centro.

  5. Catalogación de los puestos de atención domiciliaria como itinerantes a todos los efectos.

  6. Continuidad del profesorado de AD para facilitar el acompañamiento en la vuelta del alumno/a al aula.

                                

ATENCIÓN EDUCATIVA HOSPITALARIA    

 
  1. Garantizar la estabilidad del profesorado en la atención hospitalaria mediante la catalogación puestos y provisión mediante concurso general de traslados.  Únicamente  los puestos que surjan por temporalidad deberían ser provistos mediante comisión de servicios o adjudicaciones, siendo catalogados como puestos de especial dificultad.

  2. Reconocimiento a la figura de la persona coordinadora ,a todos los efectos, como cargo de dirección: mérito para concurso de traslados, horas de dedicación y retribución.

  3.  Fijar criterios para determinar las horas asignadas a las funciones de coordinación y que estas horas sean lectivas.

 

 

 

UNIDADES EDUCATIVAS TERAPÉUTICAS (UET) 

 

     Respecto a las dos resoluciones relativas a las Unidades Educativas Terapéuticas (UET) de Alicantes y Valencia y la UET/Hospital de día de Castellón, ANPE ha querido manifestar que el número de unidades a implantar durante el curso parecen insuficientes para poder atender toda las necesidades, especialmente cuando la ratio máxima está establecida en 15 alumnos por UET y cuando, dependiendo de los casos particulares, incluso es necesario rebajar esta cifra para poder atender a los alumnos. 

     En este mismo sentido, ANPE también ha insistido en la necesidad de dar solución a toda la población de la Comunidad Valenciana ya que estas UET están restringidas en principio únicamente a alumnado de centros situados en un entorno de 30 km. 

     Para poder hacer una valoración detallada y objetiva de esta situación, ANPE ha solicitado acceso a los informes del curso pasado, incidiendo específicamente en disponer de la información correspondiente al alumnado escolarizado en estas unidades en curso 2020-21 que estuviese a más de 30km de distancia (autorizados exepcionalmente), cuántos no han sido autorizados encontrándose a más de 30km y cuantos sus padres no han aceptado finalmente la propuesta al tener que asumir el transporte. 

     Respecto a la plantilla que conformará estas UETs, ANPE ha rechazado que se haya eliminado la figura de la enfermera especialista en salud mental. Igualmente, ANPE ha exigido que el procedimiento de selección de docentes (orientadores y ámbitos) se lleve a cabo con total transparencia y bajo criterios objetivos, respetando los principios de igualdad, capacidad y mérito.

     Por otra parte, ANPE ha solicitado que la elección de la persona coordinadora de la UET sea llevada a cabo democrática y participativamente por todos los integrantes de la UET y que, puesto que sus tareas son más bien directivas, además de la reducción lectiva, cuente con un reconocimiento en los baremos de méritos de los diferentes procedimientos de personal.  

     En cuanto a la formación específica, que puede luego ser un aspecto fundamental para el acceso a estos puestos, ANPE ha reclamado que se facilite el acceso al personal docente externo interesado en formarse en este campo.

     Un aspecto que no recoge esta resolución y que debería estar aclarado cuando se proceda a su publicación es cómo va a llevarse a cabo el cumplimiento del PEPLI con este grupo de alumnos procedentes de diferentes centros, por lo que ANPE ha solicitado a la Dirección General de Inclusión Educativa que contemple esta cuestión.

     Por último, ANPE ha insistido en la necesidad de que se vigile el cumplimiento es la jornada lectiva de 18 horas de Secundaria y que los planes de contingencia propios de las UET sean elaborados por personal técnico capacitado, asumiendo dicho personal la responsabilidad del mismo.