Publicado el Decreto 66/2024 que modifica el Decreto 107/2022 de Currículo de Educación Secundaria Obligatoria


26 Jun, 2024

 

     Se ha publicado hoy en el DOGV el DECRETO 66/2024 por el que se modifica el Decreto 107/2022, de 5 de agosto, del Consell, por el que se establece la ordenación y el currículo de Educación Secundaria Obligatoria y la Orden 19/2023, de 29 de junio, de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, por la que se regulan los procedimientos derivados del Decreto 107/2022, de 5 de agosto, del Consell, por el que se establecen la ordenación y el currículo de Educación Secundaria Obligatoria, y del Decreto 108/2022, de 5 de agosto, del Consell, por el que se establecen la ordenación y el currículo de Bachillerato, así como la organización y el funcionamiento del Bachillerato nocturno y a distancia en la Comunitat Valenciana.

     Lamentablemente la gran mayoría de las alegaciones presentadas por ANPE no han sido escuchadas y contempladas en este Decreto que modifica el currículo de Secundaria, desaprovechándose la oportunidad de haber introducido mejoras que consideramos fundamentales. Entre las alegaciones presentadas destacaban:

  • Resolver la imposibilidad de cumplir con el Decreto a la hora de ofertar realmente los talleres de Refuerzo y Ampliación, ya que quedan restringidos a la disponibilidad horaria que hay con las plantillas actuales. Sin embargo, esto choca con el hecho de que el propio decreto establece que los alumnos que promocionan con una materia no superada deben matricularse en el taller de refuerzo de dicha materia, cosa que no siempre es posible porque no puede ofertarse.

  • ANPE exigióuna dotación de recursos que permita una oferta amplia de las materias optativas que responda a las inquietudes del alumnado.

  • ANPE incidió en el hecho de que la dotación horaria que se ofrece a los centros que optan por una organización curricular por ámbitos debería de ser ampliada a todos los centros para que no exista un agravio comparativo y los puedan emplear en aquellas medidas de apoyo educativo que consideren oportuno. 

  • Dotar de personal suficiente para poder ofrecer una atención adecuada  en la Competencia Comunicativa Oral de la Primera Lengua Extranjera pero también para garantizar la oferta de la Segunda Lengua Extranjera.
  • Eliminar la necesidad de disponer de un horario específico para las reuniones de coordinación de los equipos educativos. Estas reuniones se llevaban a cabo en los centros cuando era necesario, sin establecer un horario fijo semanal que implica problemáticas en los horarios y en la permanencia total en los centros. Hay que tener en cuenta que este tiempo corresponde a las horas complementarias de cómputo mensual y pueden gestionarse perfectamente como se hace con las evaluaciones por ejemplo y en base a las necesidades de cada grupo.

  • Prelación clara para la impartición de todas las materias en las que la atribución docente esté compartida. Esta alegación sí que ha sido atendida parcialmente.

  • Revisión de la nomenclatura de distintas materias optativas para que resulten más claras para su elección por parte del alumnado y la ampliación de la oferta de algunas materias optativas en otros cursos para facilitar que puedan ser cursadas por el alumnado.

  • Incluir en la Orden, las alegaciones relativas a la convalidación y la exención de materias para que quede claro que son un derecho que puede ejercer el alumnado, pero que en ningún caso está obligado a ello ni puede condicionar su acceso o permanencia en ningún tipo de centro.

  • Mantener una formación adecuada en Educación en Valores Cívicos y Éticos.

 

     Accede a todos los detalles y consulta el texto íntegro del Decreto en el documento adjunto que puedes encontrar a continuación. 

 

 

 

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