DANA: Prestación del servicio educativo en municipios afectados


15 Nov, 2024

 

     La Conselleria de Educación, Cultura, Universidades y Empleo ha publicado una nueva circular que pretende establecer las medidas necesarias para que los centros docentes que aún no han podido iniciar su actividad, lo hagan en el plazo más breve posible. Siguen plenamente vigentes las circulares anteriores, salvo por los anexos de ésta que los sustituyen.

     La circular incluye los siguientes Anexos:

  1. Anexo I. Centros que retomaron su actividad lectiva el pasado día 11 de noviembre de 2024.
  2. Anexo II A. Centros que han podido ir reiniciado las clases, o que lo harán en breve, con indicación de la fecha prevista (orientativa).

  3. Anexo II B. Centros que han de ser reubicados provisionalmente en otros centros o espacios. Indicación de cuáles son esos espacios, necesidad o no de transportar a alumnos, docentes y no docentes, así como la fecha prevista de inicio de las clases en esos emplazamientos provisionales.

  4. Anexo III. Instrucciones dirigida a los centros que imparten enseñanzas de régimen especial afectados. (ver en castellano / veure en valencià)

  5. Anexo IV. Instrucciones para incorporar nuevas medidas para la flexibilización curricular de la Formación Profesional en diversos aspectos, para evitar ulteriores perjuicios al alumnado afectado. (ver en castellano / veure en valencià)

  6. Anexo V. Instrucciones para la gestión del servicio de comedor escolar en los centros docentes afectados. (ver en castellano / veure en valencià).      Ver Certificado de servicio de comedor DANA.

 

     Accede a todos los detalles y consulta el texto íntegro de la Circular en los documentos adjuntos que puedes encontrar a continuación. 

 

 

 

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