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Actualización de los permisos por nacimiento, acogimiento o adopción, de lactancia y cuidado de menor


17 Oct, 2025

 

     Se ha publicado hoy en la web de la Conselleria la Circular 6/2025, de la Dirección General de Personal docente, por la que se modifican determinados apartados de la Circular 1/2025 de la Dirección General de Personal docente, por la que se aprueba el manual/instrucciones de permisos y licencias del personal docente no universitario de centros públicos dependientes de la Conselleria competente en materia de educación, en apliación del Real Decreto-Ley 9/2025, de 29 de julio.

     La Circular 6/2025 introduce cambios relevantes respecto de la Circular 1/2025 en varios tipos de permisos y licencias para el personal docente no universitario, adaptando la normativa a lo dispuesto en el Real Decreto-ley 9/2025, de 29 de julio, y ampliando derechos en conciliación y cuidado familiar. Los principales cambios son:

 

Permiso por nacimiento para la madre biológica

· Se amplía la duración a 19 semanas (antes 16). En caso de monoparentalidad, el permiso es de 32 semanas.

· Se especifica la distribución: 6 semanas obligatorias tras el parto, 11 adicionales hasta los 12 meses del menor, y 2 semanas más hasta que el menor cumpla 8 años (4 en monoparentalidad).

· Se aclara que la acumulación de permisos por discapacidad, parto múltiple y hospitalización no es acumulable si los periodos son simultáneos.

Permiso del progenitor diferente a la madre biológica

· Igual ampliación: ahora 19 semanas (antes 16), 32 en monoparentalidad.

· Mismo esquema de disfrute: 6 semanas obligatorias y restantes voluntarias hasta los 12 meses, con posibilidad de ampliar por discapacidad y parto múltiple.

· Se detallan condiciones específicas cuando el hecho causante es adopción de menores mayores de 12 meses.

Permiso por lactancia

· Se mantiene la posibilidad de disfrute hasta los 12 meses del menor, en modalidad diaria, reducción de jornada o acumulación en jornadas completas.

· Se aclara el cálculo cuando se acumula en jornadas completas y derechos para dos progenitores simultáneamente.

· Se concede una hora adicional por cada hijo/a partir del segundo.

Permiso por adopción, guarda y acogimiento

· La duración se equipara a 19 semanas (antes 16) y 32 en monoparentalidad.

· Posibilidad de iniciar hasta cuatro semanas antes de la resolución.

· Se detalla el uso en caso de adopciones internacionales, con permisos de hasta 2 meses por desplazamiento.

· Ampliación por discapacidad y por menores múltiples.

Permiso parental para el cuidado de hijos/as o menores acogidos

· Se clarifica que el permiso es no retribuido y su duración máxima es de 8 semanas.

· Esta modificación es especialmente relevante respecto de la Circular 1/2025, que no especificaba el carácter no retribuido.

Entrada en vigor y régimen transitorio

· Las nuevas semanas para cuidado de menores hasta 8 años se aplican desde nacimientos/adopciones producidas a partir del 2 de agosto de 2024.

· Resto de modificaciones entran en vigor desde el 31 de julio de 2025.

Resumen en tabla

Permiso/Licencia

Circular 1/2025

Circular 6/2025

Novedad principal

Maternidad madre biológica

16 semanas

19 (32 mono)

Ampliación de semanas

Progenitor diferente madre biol.

16 semanas

19 (32 mono)

Ampliación, mejor ajuste monopar.

Lactancia

1h/día, reducción, acumulada

1h/día, reducción, acumulada

Aclaración cálculo acumulado

Adopción/Acogimiento

16 semanas

19 (32 mono)

Más semanas, desplazamiento int.

Parental por cuidado de hijos

Consultar Circular

8 semanas, no retribuido

Clarificación carácter no retrib.

 

 

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