INFORME MESA SECTORIAL 7 DE MAYO


07 May, 2020

 

 

MESA SECTORIAL 7 DE MAYO

COMISIONES DE SERVICIO GENERALES

 

CARACTERÍSTICAS  GENERALES

  • Se mantiene la renovación voluntaria como el año pasado.

  • Se mantienen los mismos motivos de participación por causas sociales como el año pasado.

  • Se mantiene la participación de funcionarios en prácticas con destino definitivo a 1 septiembre 2020.

  • Se mantiene la participación de funcionarios docentes de otras Comunidades autónomas  como el año pasado.

  • Se mantiene la petición telemática como el año pasado.

 

 BORRADORES DE CONVOCATORIAS: MAESTROS y PROFESORES

 DIAGRAMAS DE LOS PROCEDIMIENTOS (borradores): FUNCIONARIADO C.VALENCIANA / FUNCIONARIADO OTRAS CCAA

 

 

NOVEDADES

  1. Solicitud, documentación de causas  y declaración responsable sobre veracidad de la documentación se presentará por OVIDOC. No en sobre, ni por registro físico.

  2. Los participantes del año pasado QUE NO obtuvieron puesto solo presentarán documentación si los motivos alegados son diferentes. Si los mantienen no la  presentarán y participarán con la puntuación del año pasado.

  3. Si no es posible aportar documentos sobre motivos en plazo, presentar declaración responsable alegando la causa y el compromiso de aportarla antes de listados provisionales.

  4. Informe aptitud médico laboral para cambio de puesto: lo podrá hacer la Unidad Médica del o la URC  del PROP, además del INVASSAT.

  5. Para el motivo de enfermedad grave del cónyuge o familiares en primer grado:  serán válidos los informes médicos expedidos  con posterioridad al 1 de marzo de 2019

  6. Requisito lingüístico valenciano (excepto para zonas castellano parlantes): según  ORDEN 3/2020 ( C1 de la JCCV  o equivalentes. Válido el  Certificat de Capacitaciò)

  7. Participantes de otras comunidades autónomas: anuncio y participación por vía telemática

 

REIVINDICACIONES DE ANPE A FALTA DE CONOCER LOS ANEXOS

  1. CONCURSILLO. Desde ANPE continuamos reivindicando un procedimiento de Concursillo, con su propia autonomía, y totalmente independiente del procedimiento de comisiones de servicio. Ha quedado en evidencia que el apartado que se creó en la normativa de Comisiones de Servicio (por Interés Particular) no puede sustituirlo.
    El Concursillo presenta grandes ventajas:

    • es un procedimiento sencillo, puesto que adjudica puestos según las puntuaciones que los y las docentes han obtenido en el *Concurso de Traslados.
    • Es totalmente transparente, al utilizar exactamente  el mismo sistema de ordenación del Concurso de Traslados.
  2. Eliminar la restricción de no poder pedir comisión en el municipio donde se tiene puesto definitivo para todas las causas. Igualará así el criterio con el de las comisiones de renovación y se atiende a circunstancias particulares en las que esta restricción puede ser determinante.

  3. SECUNDARIA: poder solicitar comisión por habilitaciones transitorias. Modificar la normativa que regula las especialidades de Secundaria que pueden acceder a FPA como Informática, Latín, Griego, etc.

  4. Considerar la distancia causa de riesgo: reclamamos que se incluya la distancia como parte de las condiciones de trabajo en la causa de riesgo laboral, cuando así lo especifique el informe de aptitud médico laboral para el puesto de trabajo.  

  5. Enfermedad grave de cónyuge o familiar de primer grado: solicitamos ampliar esta causa para llegar al segundo grado, así como añadir casos de discapacidad y de dependencia sin enfermedad. Eliminar la acreditación documental de imposibilidad de atención por otro familiar puesto que se presta a ambigüedad tanto por el grado de parentesco del posible familiar cuidador como  por la documentación acreditativa.

  6. Por ser familia educadora de la Comunitat Valenciana y tener en acogida algún o alguna menor tutelado de la Generalitat menor de 12 años: exigimos ampliar la edad a 16 años.

  7. Conciliación de la vida laboral y familiar para la cuidado de hijos o hijas menores de 12 años: pedimos ampliar la edad a 16 años y especificar que se incluye a las gestantes.

  8. Sustituir el último criterio de desempate (valor numérico inferior de los tres últimos dígitos del DNI) por orden asignado en la respectiva lista de aspirantes seleccionados en el procedimiento selectivo.

  9. Revisar el baremo las puntuaciones: graduar según gravedad la puntuación por enfermedad y aumentar la puntuación por segundo y tercer hijo o hija.

 

cs_secundaria_cv_borrador
cs_secundaria_nocv_borrador_final