EL TRIBUNAL SUPREMO AVALA QUE SE VALOREN TODOS LOS SERVICIOS DESEMPEÑADOS EN PUESTOS DE ESPECIAL DIFICULTAD


09 Feb, 2021

ANPE ha exigido a la Conselleria que aplique, como en otras comunidades autónomas, estas sentencias asegurando así la igualdad de condiciones de participación en todo el Estado

   ANPE lleva años reivindicando ante la Conselleria el reconocimiento del desempeño de la labor docente en puestos catalogados como de especial dificultad para los funcionarios de carrera a efectos de antigüedad en el apartado 1.1.3 de los distintos Concursos de Traslados (tanto autonómico como estatal), al margen de que sea un puesto de trabajo distinto desde el que se concursa.

   Dos recientes sentencias del Tribunal Supremo avalan nuestra justa reivindicación. En ellas se insta a las administraciones educativas a modificar la interpretación de la valoración del apartado 1.1.3. del baremo del Concurso General de Traslados.

Ambas sentencias determinan que se deben valorar con la correspondiente puntuación todos los años que un docente ha ocupado en algún puesto “de especial dificultad o difícil desempeño” (siempre que haya sido funcionario de carrera). Por tanto, ese tiempo debe ser baremado en el concurso de traslados de este año.

El Ministerio de Educación y Formación Profesional debería dictar instrucciones a nivel estatal y así se lo hemos hecho saber. Sin embargo,  la respuesta del Ministerio ha sido que no tiene intención de hacerlo y que cada comunidad autónoma debe baremar según los criterios que considere oportunos.

Por eso ANPE exige a nuestra Conselleria, que al igual que van a hacer en otras comunidades autónomas, se valoren en el apartado 1.1.3, todos los periodos de servicios prestados en puestos clasificados como de especial dificultad, independientemente de si el puesto desde el cual se concursa tiene o no tal clasificación.