ANPE ha presentado alegaciones a los distintos borradores de las resoluciones exigiendo los siguientes cambios y consideraciones:
CONCURSILLO.
ANPE ha vuelto a demandar un procedimiento de asignación de vacantes con carácter provisional diferenciado de las comisiones de servicio, tal y como se realiza en otras comunidades autónomas. ANPE considera que este procedimiento proporciona un sistema justo y transparente que facilita la conciliación de la vida personal, laboral y familiar y que debe ser independiente de las comisiones de servicio por interés particular.
PRESENTACIÓN TELEMÁTICA DE SOLICITUD Y DE DOCUMENTACIÓN
- ANPE ha solicitado que la fecha de registro del requisito de valenciano se haga extensible hasta antes para la publicación del listado provisional.
PLAZAS OFERTADAS Y DETERMINACIÓN DE LAS MISMAS
1. Que se oferte el máximo número posible de vacantes incluyendo aquellas que han sido ocupadas más de tres cursos continuados de manera provisional, de forma que pasen a ser de catálogo. En el Cuerpo de Maestros pedimos que no se reserven puestos con catalogación de B2 y que las necesidades derivadas de los programas lingüísticos se cubran con oferta de vacantes de la especialidad de inglés.
2. Que se incluyan en la oferta de plazas los puestos de FPA, atención hospitalaria, centros de reeducación, aulas CyL y todas aquellas que aporten estabilidad a las plantillas.
3. Que se publiquen las vacantes antes del fin del plazo de petición telemática de puestos.
4. Que se aclare si los centros docentes de carácter singular son los que figuran en la Guía de Centros de la página web de la Conselleria y que se estudien fórmulas que procuren la estabilidad del profesorado en los puestos de estos centros.
PARTICIPACIÓN VOLUNTARIA
1. Facilitar la movilidad de los maestros a puestos de 1er ciclo de ESO y FPA.
2. Participación voluntaria del personal funcionario en prácticas y con puntuación según baremo de méritos.
3. Que el profesorado de Latín y Griego puedan acceder a las plazas de FPA Comunicación Valenciano-Inglés con los mismo requisitos que las especialidades que pueden participar en la actualidad.
4. Que el profesorado de la especialidad de Informática pueda acceder a las plazas de FPA, así como el de otras especialidades que en la actualidad trabajan por ámbitos en los IES.
PARTICIPACIÓN OBLIGATORIA
Que el personal funcionario con destino provisional pueda participar haciendo uso de las especialidades y/o habilitaciones transitorias que tenga reconocidas.
DERECHOS PREFERENTES
1. Derecho preferente a localidad o zona: poder elegir participar por alguna o algunas de las especialidades reconocidas priorizando las mismas (como el derecho preferente a centro).
2. Que revisen y actualicen el programa de participación para que al rellenar la solicitud con derecho preferente, sólo aparezcan las especialidades del participante y no los puestos (FPA, Ámbito) para que nadie pierda su derecho preferente por rellenar la solicitud de forma incorrecta. Asimismo, que el programa avise de las diferentes opciones y combinaciones y de posibles errores en la consignación, para evitar adjudicación de oficio.
3. Derechos preferentes por desplazamiento desde el primer curso de estar en esta situación. La dinámica de los últimos cursos ha sido incrementar el número y duración de los desplazamientos sin que el personal afectado cuente con ninguna compensación en el concurso por estar en esta situación incierta.
4. Para el derecho de concurrencia, que se permita seleccionar si se opta a provincia, área o municipio y no necesariamente de la misma provincia ya que puede interesar pedir varias áreas vecinas de 2 provincias.
APORTACIÓN DE MÉRITOS
1. Registro informático de la documentación presentada y de la baremación para todas las convocatorias futuras.
2. Acceso a la cuenta formación por parte de las Comisiones Baremadoras.
3. En los caso en los que se quiera hacer valer la puntuación del concurso anterior pero se desee aportar méritos nuevos y en los casos en los que se solicite nueva baremación de alguno de los apartados baremados, solicitamos que se anule la posibilidad de que la Administración pueda modificar apartados que no se ha solicitado revisar.
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