HORARIO PROFESORADO DE ORIENTACIÓN EDUCATIVA EN CEIPs: LA CONSELLERIA IGNORA TOTALMENTE LAS ENMIENDAS DE ANPE A LAS ACLARACIONES


20 Oct, 2021

 

La Conselleria remite a los centros una segunda carta sin comunicación alguna sobre las enmiendas presentadas por ANPE y sin el consenso de la mesa sectorial.

 

     El pasado 8 de octubre durante el desarrollo de la mesa sectorial, la Conselleria  nos envió la segunda carta de aclaraciones al horario del profesorado de Orientación Educativa (OE) en los CEIPs que iba a ser remitida a los centros.

     ANPE reclamó entonces poder estudiar con antelación el contenido de esta nueva carta antes de que fuera enviada a los centros. 

     La Conselleria nos pidió entonces aportaciones sin fijar plazo máximo para que estas fueran remitidas. Por ello, ANPE informó del contenido de estas segundas aclaraciones y solicitamos alegaciones al profesorado afectado.

     El día 13 de octubre la Conselleria, sin aviso previo, nos indicó que enviáramos las enmiendas, en el mismo día, para poder ser valoradas por la DGIE. En caso de no ser remitidas en este plazo se procedería al envío de la carta respetando los términos de la misma.

     ANPE, recogiendo las alegaciones recibidas por el profesorado de orientación educativa y dentro del escaso plazo que la Conselleria determinó, remitió las enmiendas siguientes referidas a los apartados de la carta que se detallan a continuación: 

  • 2.1. El horario del profesorado de orientación educativa se desarrollará en la misma franja horaria que el resto del profesorado

     ANPE reclamó la supresión de este apartado ya que es innecesario que el profesorado de OE obligatoriamente tenga que hacer exactamente el mismo horario de permanencia en el centro que los maestros y maestras. Las funciones desempeñadas son diferentes y pueden desarrollarse en tiempos distintos  Además, teniendo en cuenta que el personal orientador tiene 18 horas lectivas y el resto de personal docente de los CEIPs tiene 23 horas, es absurdo hacer coincidir los horarios en estas cinco horas de diferencia que podrían asignarse a  otras franjas horarias.

  • 2.4 La asistencia al claustro o, en su caso, al Consejo escolar, computará dentro de las cinco horas dedicadas a las tareas de coordinación.

    ANPE  reclamó  que estas cinco horas fueran consideradas como semanales de cómputo mensual de manera que los excesos que pueda haber por claustro, Consejo escolar o en las propias reuniones de coordinación puedan compensarse de unas semanas a otras.  Si la asistencia a sesiones de claustros o,  en su caso, del Consejo escolar entran en esas cinco horas que se reservan preferentemente para el viernes por la mañana, ¿qué ocurrirá las semanas que haya  reunión de coordinación y claustro? ¿El profesorado de OE cuando se haya cumplido con el cómputo del horario semanal, deberá ausentarse del claustro o de la  reunión de coordinación?

  • 2.5 Las coordinaciones con agentes externos serán preferiblemente, viernes por la mañana. Ahora bien, si por motivos organizativos de los profesionales que trabajan en otros ámbitos o instituciones, se han de realizar en un día diferente al asignado al efecto, el equipo directivo y el profesorado de orientación educativa determinarán la organización del horario semanal 

     ANPE  aportó la consideración sobre que este apartado refrendaba aún más la necesidad de considerar las cinco horas de coordinación como semanales de cómputo mensual. El hecho de que puedan variarse los días de coordinación, hace imposible la fijación del horario de permanencia con tanta exhaustividad como se pretende, siendo mucho más razonable permitir el cómputo compensado de los diferentes periodos horarios.

  • 2.6 Como el resto del personal docente, el profesorado de orientación educativa tendrá que realizar tareas para la adecuada atención al alumnado durante el tiempo lectivo del patio, de acuerdo con lo que establece el artículo 70 del Decreto 253/2019, de 19 de noviembre, del Consell, de regulación de la organización y funcionamiento de los centros públicos que imparten enseñanzas de Educación Infantil o Educación Primaria.

    ANPE  argumentó que la atención en el patio supone restar horas de dedicación a las funciones propias de los profesionales de orientación educativa. Al ser el patio tiempo lectivo, esta medida de llevarse a cabo, debería comportar  consecuentemente una  reducción del horario de las 18 horas lectivas de intervención con el alumnado. 

     En definitiva, ANPE  siempre ha defendido una verdadera flexibilidad en la confección de los horarios del profesorado de orientación educativa considerando que este personal pertenece a un cuerpo diferente al de maestros y realizan tareas diferentes. El hecho de unificar horarios por estar ejerciendo su función en el mismo centro educativo, no aporta ningún valor a esta, más bien al contrario, perjudica y entorpece la labor de los profesionales de la orientación educativa y por tanto la óptima aplicación del modelo de organización y orientación educativa y profesional

     En el día de hoy, ANPE ha reclamado en mesa sectorial información sobre la valoración de las alegaciones presentadas sin recibir respuesta concreta. Pasada esta mesa, ANPE ha sido informado por los propios centros, de la remisión de una segunda carta que no recoge ninguna de las alegaciones presentadas por ANPE. Todo ello,  sin haber recibido contestación alguna a las enmiendas presentadas.

     ANPE valora negativamente el desprecio a la negociación colectiva por parte de la Conselleria demostrado en sus formas de actuación en este tema, así como el contenido de la nueva carta remitida a los centros ya que no hace más que incidir en el descontento generalizado del colectivo docente.

 
 
 

 

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