ANPE RECLAMA UN NUEVO ACUERDO QUE RECONOZCA EL TRABAJO DE LOS EQUIPOS DIRECTIVOS


05 Abr, 2022

MESA SECTORIAL: 5 de ABRIL 2022

 

 

     En la Mesa de hoy se han tratado los siguientes temas:

 

 

INFORME SOBRE LA CLASIFICACIÓN DE LOS CENTROS A EFECTOS RETRIBUTIVOS

 

ANPE RECLAMA UN NUEVO ACUERDO  QUE RECONOZCA EL TRABAJO DE LOS EQUIPOS DIRECTIVOS

 

     Hoy se han revisado únicamente los criterios de clasificación  de los centros a efectos retributivos  de los equipos directivos  de todos los centros, siendo la propuesta de la Conselleria muy similar a la actual.

     Estos criterios se establecieron en el 2017 mediante una resolución y se aplicaron a partir del curso 2016-2017.  Se basan en establecer tipologías de los centros según el cómputo de unidades en los CEIPs, CEEs , FPA sin nivel segundo del ciclo II, en IES y Secciones y en centros que imparten enseñanzas deportivas. En enseñanzas artísticas y de idiomas, así como en FPA en las que se imparte segundo nivel del ciclo II,  se toma como criterio para establecer la tipología el número de alumnado matriculado.

     ANPE ha exigido una revisión profunda de estos criterios, especialmente de aquellos que restringen que sean computados como grupos del centro los que se corresponden con grupos constituidos para la aplicación del PAM, PAC, PMAR o PR4, así como cualquier otro grupo que corresponda a proyectos experimentales o a grupos semipresenciales o a distancia. No hay ningún criterio lógico ni objetivo para no computarlos. De igual modo tampoco deben ser ignorados los grupos de refuerzos o desdobles organizados bajo la autonomía de los centros y autorizados por las correspondientes inspecciones educativas.

     En cuanto a la clasificación automática de las Secciones de los IES como centros de clasificación mínima, ANPE ha reclamado su revisión ya que su complejidad de gestión depende claramente del número de grupos y no de su condición de Sección. 

     En el caso específico de las EOI, ANPE ha reclamado que se compute al alumnado que se matricule en los cursos de formación complementaria y que se pondere la matrícula libre de las PUC a la hora de realizar la clasificación de los centros.

     Recordemos que la tipología y la clasificación de los centros determina la cuantía de los complementos de los cargos directivos Estos complementos, junto a las diferentes clasificaciones de los centros, fueron revisados en el 2008 como consecuencia del acuerdo del Consell de 2008 que aprobó un incremento de los mismos por lo que, después de 14 años, es obvio que el panorama actual ha cambiado notablemente y se hace necesario una revisión de dicho acuerdo..

     En lo referente a las horas de dedicación a los cargos directivos que corresponde a cada centro, continuamos con la asignación de un número global de horas establecida en 1992, totalmente descontextualizadas respecto del aumento progresivo de las funciones y responsabilidades de los equipos directivos que se han producido en estos 30 años.

     La saturación de los equipos, denunciada por ANPE, es más que evidente sin que la Conselleria haya actuado en consecuencia ya que continúan sin ser actualizados los complementos y las horas destinadas al cargo, que distan mucho del tiempo real de dedicación a las funciones cada vez más numerosas de los equipos directivos como consecuencia del aumento de tareas burocráticas.

     Por ello, ANPE ha exigido a la Conselleria una apuesta clara por el reconocimiento global del trabajo de los equipos directivos reclamando además de la revisión de los criterios de clasificación, un nuevo acuerdo que actualice la tipología de los centros fijada en 2008, la revisión de las horas de dedicación vigentes desde 1992 y de las retribuciones del profesorado que actualice todos los complementos.

 

     Por otro lado, estos criterios de clasificación, quedaban pendientes de ser aplicados para los cursos 2012-2013, 2013-2014, 2014-2015, 2015-2016, por eso han tratado las resoluciones de clasificación en estos cursos. Esto va a suponer una revisión de las retribuciones de todas personas que han ostentado cargos durante estos cursos, la actualización de la consolidación del complemento de dirección y el recálculo del complemento de aquellas personas que ya lo tengan consolidado con arreglo a la nueva clasificación de los centros de cada curso. 

     Todo ello requiere de un procedimiento claro y de los medios necesarios para que la actualización se haga efectiva lo más pronto posible. Por ello, ANPE ha vuelto a exigir la  dotación de los  medios necesarios en las Direcciones Territoriales para que se materialice la actualización en el pago de este complemento y que se pague los retrasos con la mayor premura. 

 

 

 

 

INFORME PERIODO TRANSITORIO DE ACREDITACIÓN DEL REQUISITO LINGÜÍSTICO EN ENSEÑANZAS DE RÉGIMEN ESPECIAL

 

     En la Mesa de hoy también se ha tratado la propuesta de Resolución por la que se establece un periodo transitorio para acreditar el conocimiento del valenciano para el personal docente integrante de las bolsas de trabajo de los cuerpos de profesores y catedráticos de música y artes escénicas, maestros de taller, profesores y catedráticos de artes plásticas y diseño y profesores y catedráticos de escuela oficial de idiomas en centros docentes públicos.

     ANPE valora positivamente que se establezca este periodo transitorio. Sin embargo, considera que el mismo se debe al fracaso de la gestión llevada a cabo por la Dirección General de Política Lingüística y Gestión del Plurilingüismo, tanto por el escaso número de cursos ofertados, de plazas de examen para la obtención de las certificaciones en la JQCV y los niveles correspondientes en las EOI, como por el, cada vez mayor, nivel exigido en las pruebas que, en muchas ocasiones, no corresponde con lo definido por el MECR para el nivel C1 de conocimiento de lenguas.

     Por otra parte, y por el motivo indicado, ANPE también ha instado a la Dirección General de Personal Docente a que considere extender este periodo transitorio al resto de cuerpos docentes, que también se han visto afectados por esta escasa oferta de cursos y opciones de poder acceder al requisito lingüístico de obtención del nivel C1 de valenciano a través de las EOI y la JQCV.