Publicada hoy en el DOGV la Orden 52/2022 por la que se establece un periodo transitorio para la participación del personal docente integrante de las bolsas de trabajo en los procedimientos de provisión de puestos catalogados con el requisito lingüístico de valenciano por la Orden 35/2018, de 22 de agosto.
Esta orden establece una moratoria de 4 años para el personal integrante de las bolsas de los cuerpos de profesores y catedráticos de música y artes escénicas, maestros de taller, profesores y catedráticos de artes plásticas y diseño y profesores y catedráticos de escuela oficial de idiomas que no haya acreditado estar en posesión del requisito lingüístico de valenciano.
Durante este periodo, este personal podrá participar en los procedimientos de provisión de puestos de trabajo en régimen de interinidad en centros docentes públicos de localidades de predominio lingüístico castellano.
Antes del comienzo del curso 2026/2027, el personal docente interino integrante de las bolsas de trabajo que no reúna el requisito lingüístico de valenciano quedará desactivado de la correspondiente bolsa.