Modificación de los horarios de 1º a 3º ESO


31 Ago, 2023

 

     Se ha publicado hoy en el DOGV una Resolución por la que  por la que se modifica el anexo único de la Resolución de 12 de julio de 2023, de la Secretaría Autonómica de Educación y Formación Profesional, por la que se aprueban instrucciones para la ejecución de las sentencias 312/2023, de 29 de junio de 2023; 335/2023, de 30 de junio, y 336/2023, de 30 de junio, del Tribunal Superior de Justícia de la Comunitat Valenciana, y que modifica los horarios de 1º a 3º ESO.

Así es como queda redactado el citado Anexo en cuanto a la afectación de los horarios se refiere:

2. Horario de 1º curso de Educación Secundaria Obligatoria para el curso 2023-2024.
a) Los alumnos de 1º de Educación Secundaria Obligatoria, solo durante el curso escolar 2023-2024, y sin perjuicio de lo establecido en el proyecto lingüístico de centro, cursarán preferentemente una hora lectiva adicional de la materia Lengua Extranjera (4 horas lectivas semanales en total) y una hora lectiva adicional de la materia Matemáticas (4 horas lectivas semanales en total); todo ello, siempre que la dotación de plantilla de las especialidades de la Lengua Extranjera correspondiente y de Matemáticas, respectivamente, lo permita, y el profesorado de dichas especialidades no supere la jornada lectiva semanal, en centros públicos, según se establece esta en el artículo 2 del Decreto 58/2021, de 30 de abril, del Consell, sobre jornada lectiva del personal docente y número máximo de alumnado por unidad en centros docentes no universitarios.

b) En los supuestos en que la plantilla de las especialidades de la Lengua Extranjera correspondiente o de Matemáticas sea insuficiente para ampliar el horario de alguna de las dos materias indicadas, o bien se prevea que algún docente de la especialidad supere la jornada lectiva semanal establecida por la normativa vigente, la dirección del centro no podrá ampliar el horario de la materia correspondiente. En dicho caso, la dirección del centro deberá informar expresamente de dicha circunstancia, de forma motivada, al inspector o inspectora de Educación de referencia del centro docente, y procederá de acuerdo con lo indicado en el apartado siguiente para los cursos 2º y 3º de Educación Secundaria Obligatoria.

3. Horario de 2º y 3º curso de Educación Secundaria Obligatoria para el curso 2023-2024.
a) Las dotaciones de personal docente previstas para la impartición de la materia Proyecto Interdisciplinar en 2º y 3º de Educación Secundaria Obligatoria pasarán a incrementar el número de horas que los centros han recibido como dotación en concepto de Plan de Actuación para la Mejora (PAM), para la mejora de la enseñanza en los citados cursos, del modo que los centros estimen oportuno, haciendo uso de su autonomía pedagógica y organizativa, siempre que se garantice que las citadas horas sean de atención directa a todo el alumnado matriculado en alguno de los tres primeros cursos de Educación Secundaria Obligatoria.

b) Para dar cumplimiento a todo ello, a modo orientativo, los centros utilizarán las horas necesarias del total de horas concedidas para el desarrollo del PAM como horas de libre disposición para impartir talleres de refuerzo, talleres de profundización, proyectos transversales o bien para actividades de fomento y dinamización de la lectura. La impartición de dichas horas lectivas de atención directa al alumnado no tendrá efectos en la matrícula de este, si bien deberán aparecer en el horario individual de todo el alumnado para compensar las dos horas lectivas objeto de anulación mediante las sentencias dictadas por el Tribunal Superior de Justícia de la Comunitat Valenciana mencionadas con anterioridad.

 

 

 

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