INFORME SOBRE LA CLASIFICACIÓN A EFECTOS RETRIBUTIVOS DE LOS CENTROS PÚBLICOS DOCENTES PARA EL CURSO 2023-24
La propuesta de Resolución para el curso 2023-24, puesto que no ha habido ningún cambio en la normativa vigente que rige esta clasificación, sigue la línea continuista de cursos anteriores.
Por este motivo, una vez más, ANPE ha exigido una revisión profunda de la Resolución de 2017 que regula los criterios empleados para establecer esta clasificación. En este sentido, consideramos especialmente relevante el que se computen efectivamente a efectos de los cálculos los grupos constituidos para la aplicación del PAM, PAC, PR4 o PDC, así como cualquier otro grupo que corresponda a proyectos experimentales y los grupos semipresenciales o a distancia. De hecho, no hay ningún criterio objetivo para no computarlos.
De igual modo, tampoco deben ignorarse los grupos de refuerzo o desdobles organizados bajo la autonomía de los centros y autorizados por las correspondientes inspecciones educativas.
Respecto a las Escuelas Oficiales de Idiomas, ANPE ha reclamado que se compute al alumnado que se matricule en los cursos de formación complementaria y que se pondere la matrícula libre de las PUC.
En relación a las FPA, ANPE ha solicitado que la revisión de su matrícula se lleve a cabo de manera que se considere sus características específicas de matriculación creciente, con un alumnado que se incorpora según se desarrolla el curso. Igualmente debe considerarse todo el alumnado matriculado, tanto de formación reglada como no reglada.
ANPE ha solicitado información respecto al momento en el cual se han tomado los datos de los centros para llevar a cabo la clasificación de los centros. La administración ha indicado que los datos de matrícula y de unidades es información recogida de ITACA, con una primera estimación en octubre y revisada posteriormente a principios del mes de enero. Las variaciones que se produzcan en estos datos después de dicha fecha han de ser comunicadas por los centros a la Dirección general de centros para su actualización posterior.
ANPE ha exigido que no se les asigne a los equipos directivos funciones propias de la administración educativa, la actualización de los complementos retributivos y el reconocimiento global del trabajo de los equipos directivos mediante la revisión de los criterios de clasificación.
Es manifiestamente necesario y urgente revisar toda la normativa que permita la actualización de la tipología de los centros fijada en 2008, aplicar las horas de dedicación al equipo directivo determinados en los acuerdos de plantillas y actualizar las retribuciones del profesorado mediante la revisión de todos los complementos, incluyendo las vicedirecciones de las secciones de los IES.
ANPE ha presentado en la mesa de hoy las alegaciones recibidas de los centros en los que la tipología no se corresponde con una aplicación correcta de los criterios de clasificación. La Conselleria ha recogido esta información y ha indicado que revisará estos centros.
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