Se ha publicado hoy en el DOGV la Resolución por la cual se catalogan determinados puestos docentes del cuerpo de maestros con el requisito lingüístico B2 en lengua inglesa para su provisión mediante los procedimientos ordinarios convocados por las administraciones educativas.
Quedan exentos del cumplimiento del requisito lingüístico aquellos funcionarios docentes que ostenten destino definitivo en un centro público educativo antes de la entrada en vigor de esta resolución. No obstante, deberán acreditar dicho requisito si desean participar voluntariamente en procesos posteriores para ocupar plazas clasificadas con requisito lingüístico.
CRITERIOS
- Centros con entre 3 y 7 unidades de Educación Infantil, se clasificará un puesto de trabajo de la especialidad de Educación Infantil con el requisito lingüístico de nivel B2 en lengua extranjera inglés.
- Centros con 8 o más unidades de Educación Infantil, se clasificarán dos puestos de trabajo de la especialidad de Educación Infantil con el requisito lingüístico de nivel B2 en lengua extranjera inglés.
- Los puestos clasificados deberán estar vacantes al momento de su catalogación inicial; no podrán tener titular ni reserva vigente sobre ellos.
- Centros con menos de 3 unidades de Educación Infantil, se podrán habilitar puestos de trabajo adicionales de la especialidad de Educación Infantil con el requisito lingüístico de nivel B2 en lengua extranjera inglés, cuando resulte necesario para garantizar el adecuado desarrollo del programa de lenguas vehiculares del centro.
Accede a todos los detalles y consulta el texto íntegro de la Resolución en el documento adjunto que puedes encontrar a continuación.