29 OCTUBRE 2021: FECHA TOPE PARA REGISTRAR LOS CERTIFICADOS DE CAPACITACIÓ, MESTRE Y CAPACITACIÓN LENGUAS EXTRANJERAS


22 Oct, 2021

 

     Os recordamos que el  29 de octubre de 2021 es la fecha tope para registrar el Certificat de Capacitació per a l’Ensenyament en Valencià, el Diploma de Mestre de Valencià o el Certificado de Capacitación para la Enseñanza en Lengua Extranjera de una universidad valenciana.

 

 

 VALENCIANO

VALENCIANO

SIN CAPACITACIÓ

NI C1

CON CAPACITACIÓ SIN REGISTRAR EL 11/2/2020

CON CAPACITACIÓ REGISTRADA ANTES DEL 11/2/2020

CURSANDO LA CAPACITACIÓ INICIADA ANTES 11/2/2020

CURSANDO CAPACITACIÓ DESPUÉS 11/2/2020*

INTERINO

No acceso a puestos

Registrar antes 29/10/2021**

Acceso a puestos

Registrar antes 29/10/2021**

Registrar antes 29/10/2021**

OPOSITOR

No pueden opositar inicialmente

(opción de superar prueba de nivel C1 previa a las pruebas)

Registrar antes 29/10/2021**

C1 es requisito y Capacitació puede ser mérito

C1 es requisito y Capacitació puede ser mérito

Registrar antes 29/10/2021**

C1 es requisito y Capacitació puede ser mérito

Registrar antes 29/10/2021**

C1 es requisito y Capacitació puede ser mérito

FUNCIONARIO CARRERA

No puede cambiar de destino

Registrar antes 29/10/2021**

Puede cambiar de destino

Registrar antes 29/10/2021**

Registrar antes 29/10/2021**

* Se permitió iniciar aquellos cursos cuya matrícula estaba abierta antes de la publicación de la Orden 3/2020

** La Orden 4/2021 amplió el plazo para poder registrar la Capacitació y el Diploma de Mestre, fijando el 29 de octubre de 2021 como fecha tope, momento en el cual ya no podrá registrarse aunque se disponga del título. 

 

NOTA.- Quien tenga la Capacitació de una Universidad pero no el C1:

  • Si la Capacitació se obtuvo posteriormente al 2013 se puede solicitar a la universidad la expedición de un certificado C1 adicional y podrá usar ambos certificados para mérito y requisito lingüístico.
  • Si la Capacitació se obtuvo antes de 2013, no se expedirá certificado adicional por parte de las universidades.

 

Principales Equivalencias C1 Valenciano:

  • Mitjà de la JQCV
  • Certificado C1 de la EOI
  • Certificado C1 CIEACOVA (o de las universidades públicas valencianas si es de antes de junio de 2016)
  • Certificat de Capacitació per a l’Ensenyament en Valencià
  • Certificat de coneixements mitjans de llengua catalana (orals i escrits) (certificat C)  
  • Certificat de nivell de suficiència de català (C)
  • Certificat de nivell de suficiència de català (C1)
  • Certificat de nivell de suficiència de català

Tabla detallada con todas las equivalencias AQUI

 


 

INGLÉS

INGLÉS

SIN CLE

NI C1

CON CLE SIN REGISTRAR EL 11/2/2020

CON CLE REGISTRADA ANTES DEL 11/2/2020

CURSANDO LA CLE INICIADA ANTES 11/2/2020

CURSANDO CLE DESPUÉS 11/2/2020*

INTERINO

Hasta 2026/27 puede impartir docencia en inglés si dispone de B2

Registrar antes 29/10/2021**

Puede impartir docencia en inglés

Registrar antes 29/10/2021**

Registrar antes 29/10/2021**

OPOSITOR

No es requisito

Registrar antes 29/10/2021**

Es mérito

Es mérito

Registrar antes 29/10/2021**

Es mérito

Registrar antes 29/10/2021**

Es mérito

FUNCIONARIO CARRERA

Hasta 2026/27 se requiere  B2

Registrar antes 29/10/2021**

Puede impartir docencia en inglés

Registrar antes 29/10/2021**

Registrar antes 29/10/2021**

 

* Se permitió iniciar aquellos cursos cuya matrícula estaba abierta antes de la publicación de la Orden 3/2020

** La Orden 4/2021 amplió el plazo para poder registrar la Capacitación para la Enseñanza en Lengua Extranjera, fijando el 29 de octubre de 2021 como fecha tope, momento en el cual ya no podrá registrarse aunque se disponga del título. 

 

Principales equivalencias C1 Inglés:

  • Certificado C1 de la EOI
  • Títulos, diplomas y certificados que contengan el sello del modelo de acreditación de exámenes de ACLES, nivel C1, de las universidades españolas
  • PEARSON PTE General Level 4
  • CAE (Certificate in Advanced English) o BEC Higher (Business English Certificate) de Cambridge University
  • IELTS de 6,5 a 7 puntos (International English Language Testing System)
  • ISE III (Integrated Skills in English Certificate) del Trinity College
  • TOEFL iBT de 110 a 120 puntos (Test of English as a Foreign Language – Internet Based Test)
  • TOEIC de 945 a 990 puntos (Test of English for International Communication
  • telc English C1
  • Titulaciones de grado o equivalentes, expedidas por universidades extranjeras, para estudios realizados en inglés como lengua vehicular.

Tabla detallada en Anexo II de la ORDEN 93/2013  

 


 

La Ley 4/2018, de 21 de febrero, por la que se regula y promueve el plurilingüismo en el sistema educativo valenciano estableció que:

- El C1 de valenciano y el C1 de castellano, de acuerdo con el Marco europeo común de referencia para las lenguas (MECRL), es un requisito específico del profesorado para los puestos docentes.

 - El C1 de inglés, de acuerdo con el MECRL, será  la competencia suficiente para vehicular áreas en inglés.

- TRANSITORIA SEGUNDA Hasta el curso  2026-2027, se considerará que dispone de la competencia suficiente para vehicular áreas en inglés el profesorado que acredite el nivel de conocimiento B2 de inglés, de acuerdo con el MECRL.

La Orden 3/2020, de 6 de febrero, publicada en el DOGV el 10 de febrero y  con entrada en vigor el 11 de febrero de 2020, desarrolla la Ley 4/2018 y determina la competencia lingüística necesaria para el acceso y el ejercicio de la función docente en el sistema educativo valenciano.

La aplicación de la Ley 4/2018 y de esta nueva orden supone un importante cambio en la competencia idiomática necesaria para vehicular áreas no lingüísticas tanto en  valenciano como en inglés:

 

VALENCIANO

 1.-REQUISITO LINGÜÍSTICO  PARA EL ACCESO Y EJERCICIO DE LA FUNCIÓN DOCENTE

Afecta a oposiciones, concurso de traslados, comisiones de Servicio y adjudicaciones.

  • Nivel C1 de la JQCV  o equivalentes  (Mitjà y  C1 de CEIACOVA). Ver equivalencias AQUI

 

2.-PERSONAS EXENTAS DE ACREDITAR C1 COMO REQUISITO:

  • Las que tengan expedido Certificado de Capacitación de valenciano antes del 11 de febrero de 2020 y registrado en registro de titulaciones de Conselleria.
  • Las que estén en proceso de formación del Certificado de Capacitación en Valenciano y lo registren antes del 29 de octubre de 2021.

 

3.-MÉRITO EN OPOSICIONES Y PROCEDIMIENTOS DE MOVILIDAD:

  • Certificat de Capacitació en Valencià y Diploma de Mestre.
  • El Certificado de Capacitación  sólo contará como mérito si se presenta como requisito el C1 de valenciano.

 

 

INGLÉS

1.-REQUISITO MÍNIMO PARA VEHICULAR ÁREAS O MATERIAS NO LINGUÍSTICAS EN INGLÉS EN EDUCACIÓN INFANTIL, PRIMARIA, EDUCACIÓN ESPECIAL, EOS, BACHILLERATO, CICLOS FORMATIVOS DE FP Y FPA .

 Afecta a la provisión de puestos con requisito de inglés y a la aplicación de los PLC en los centros

  • Hasta el curso 2026-27: Nivel B2 de acuerdo con el  MCERL y registrado en Conselleria antes o después de 11 de febrero 2020 y sin plazo.
  • A partir del curso 2026-27 :Nivel C1 de inglés, de acuerdo con el MCERL y registrado en Conselleria.

 

2.-CERTIFICADO DE CAPACITACIÓN EN LENGUAS EXTRANJERAS:

  1. Válido hasta curso 2026-2027. Después requisito será C1.
  2. El plazo para registrarlo es el 29 de octubre de 2021.
  3. Contará como mérito en oposiciones y procedimientos de movilidad.

 

3.-PROFESORADO DE LA ESPECIALIDAD DE LENGUA EXTRANJERA:

     No se le requerirá ni expedirá el certificado de capacitación en la lengua extranjera correspondiente

 

ANPE  manifestó su oposición a la Ley de Plurilingüismo por ser una ley aprobada sin consenso y de espaldas al profesorado y entre, muchos motivos, por las exigencias que impone  al  profesorado en nivel de lenguas y por la precariedad de las plantillas en los centros.

 ANPE en la negociación de la nueva orden 3/2020, advirtió a la Conselleria de  la necesidad de una reflexión seria sobre los bruscos cambios que introduciría  ésta en procedimientos de acceso y provisión de puestos docentes. Seguimos insistiendo  en  la necesidad de planificar la negociación y no jugar a improvisaciones.

 

 

orden-4-2021