INSTRUCCIONES ARREGLO ESCOLAR CURSO 2021-2022
Estas instrucciones regulan los criterios para la elaboración del arreglo escolar por el que se modifican las unidades y los puestos docentes de los centros que imparten educación infantil (2º ciclo), educación primaria y educación especial.
Las unidades se establecen según las ratios máximas marcadas en el Decreto 59/2016 que determinó la implantación progresiva de la ratio de 25 en el segundo ciclo de Infantil y Primaria a partir del curso 2019-2020 . Por ello para el curso próximo la ratio máxima de 25 alumnado/aula se aplicará en 1º, 2º y 3º Primaria. En 4º, 5º y 6º se mantienen a 30 alumnado/aula.
ANPE continúa reclamando la reducción de las ratios máximas en todos los niveles de Primaria siguiendo las recomendaciones la Ley 4/2019 de marzo de 2019 de mejora de las condiciones para el desempeño de la docencia y la enseñanza en el ámbito de la educación no universitaria que dictó que las administraciones debían dotar a los centros de los recursos necesarios para no superar en ningún nivel de Primaria la ratio de 25.
En Infantil se mantiene la ratio máxima en 25 en segundo ciclo y en 18 en las unidades de 2 años. ANPE exige nuevamente bajar la ratio en infantil 3 años a 18 y en Infantil 4 y 5 años a 20, así como en las unidades de educación especial.
Los puestos docentes están determinados por la obsoleta orden de plantillas de 2013 que no responde en absoluto a las actuales necesidades de los centros. Por ello, ANPE ha vuelto a reclamar la negociación urgente de una nueva orden de plantillas que catalogue los puestos docentes que se habilitan año tras año. Se dotaría así de la estabilidad en las plantillas necesaria para poder llevar a cabo los programas ya implantados en los centros.
Por otra parte, ANPE ha propuesto que los desdobles de grupos, consecuencia de las medidas extraordinarias por el COVID-19, computen como unidades habilitadas y que estas habilitaciones supongan una dotación de personal para atender a las necesidades organizativas de todos los centros.
ANPE ha exigido también reducir la provisionalidad en las unidades, creando aquellas se mantienen habilitadas por más de dos cursos. Pasarían así a ser de catálogo y aumentaría la plantilla docente. Exigimos además transparencia en la información sobre la modificación de las unidades ya que no se publican las unidades en no funcionamiento siendo que estas suponen una merma real de plantilla en los centros afectados.
La novedad más significativa este año afecta los centros docentes de carácter singular, centros con más de un 25% de alumnado de compensatoria. Las instrucciones no contemplan el incremento adicional de puestos según unidades, tal y como estaba establecido hasta ahora. Para el curso próximo la asignación de personal adicional quedaría vinculada al PAM.
ANPE ha rechazado totalmente esta propuesta puesto que las características del alumnado de estos centros hacen necesaria la dotación adicional de puestos docentes añadidos a los recursos solicitados para los programas del PAM. Para ANPE esto supone un recorte de personal que llevará a estos centros a la tesitura de tener que elegir entre atender a los programas o a las necesidades de compensación educativa del alumnado.
Resumimos a continuación las principales propuestas presentadas a estas instrucciones:
CENTROS ORDINARIOS:
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Ratios máximas:
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Centros incompletos: establecer mínimos de alumnado por centro y ratio global /unidad que permitan mantener continuidad. Aplicar de reducción de ratio por alumnado con NEE.
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Reducir de ratio por alumnado con necesidades educativas especiales. Aplicar la misma reducción de ratio en todos los niveles de Primaria, partiendo de la ratio de 25 alumnos/aula.
PUESTOS DOCENTES:
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Es urgente la negociación de una nueva orden de plantillas ,actualizada con los nuevos modelos de inclusión y plurilingüismo, que acabe con la provisionalidad de los puestos habilitados para cubrir necesidades permanentes de los centros.
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Aplicación urgente de las 23 horas lectivas para el profesorado del cuerpo de Maestros.
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Dotar de de personal docente especialista de PT, AL y de Orientación Educativa para aplicación de la inclusión. Han de ser puestos completos en un centro que no sean compartidos con otros.
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Dotar de especialistas de idiomas para el Plurilingüismo.
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Dotar de personal de apoyo a la inclusión. Agilizar la provisión y sustitución de personal de estos puestos.
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Revisar de la normativa de itinerancias.
CENTROS ESPECÍFICOS DE EDUCACIÓN ESPECIAL Y UNIDADES ESPECÍFICAS EN CENTROS ORDINARIOS
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Reducir las ratios alumnado /unidad y reducir de proporciones alumnado/personal docente y otros profesionales.
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Establecer criterios para asignar la cantidad de sesiones de trabajo de cada especialista según tipología de este.
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Clarificar los puestos de personal especialista de apoyo (fisioterapeutas, educadores educación especial, intérprete de signos. Especificar dotación y procedimiento de solicitud. Agilizar la dotación .
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UET/HDIA participación de personal sanitario y ubicación adecuada a las características de alumnado.
CENTROS PÚBLICOS SINGULARES
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Ratios máximas de 15.
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Asignar adicionalmente puestos complementarios según unidades, independientemente de la dotación por PAM.
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Computar las unidades de infantil al determinar la dotación de puestos docentes de compensatoria.
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Proveer de medios personales materiales y económicos y organizativos para dar respuesta a las necesidades de estos centros.
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Reducir la ratio por alumnado con necesidades educativas especiales igual que en centros ordinarios y que este alumnado compute a efectos de establecer el % de compensatoria.
CENTROS RURALES AGRUPADOS
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Impulsar el mantenimiento de los CRAs
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