ACREDITACIÓN DE LOS PARTICIPANTES SUSPENDIDOS EN LAS
OPOSICIONES DE 2017, 2019 Y 2020
Tras varias sesiones del grupo de trabajo, y a la espera de la publicación de los listados provisionales de este procedimiento, la Conselleria ha presentado su propuesta de acuerdo a la que se establecen las condiciones en las que las personas implicadas quedarán en bolsa.
La propuesta de acuerdo para el procedimiento de acreditación de titulaciones de las personas que fueron incorporadas a las bolsas de personal interino de los cuerpos docentes de profesores de enseñanza secundaria, profesores de escuelas oficiales de idiomas, profesores de música y artes escénicas, profesores de artes plásticas y diseño y profesores técnicos de formación profesional, incorporadas a las bolsas de trabajo por su participación en los procedimientos selectivos de ingreso convocados por la orden 15/2017, de 10 de abril, de la Conselleria de educación, investigación, cultura y deporte; por la orden 16/2017, de 10 de abril, de la Conselleria de educación, investigación, cultura y deporte; por la orden 7/2019, de 28 de febrero de 2019, de la Conselleria de educación, investigación, cultura y deporte, y por la orden 22/2020, de 23 de noviembre, de la Conselleria de educación, cultura y deporte, recoge estos términos:
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Una vez finalizado este proceso se distinguirán varias situaciones:
- Personas que hayan justificado el cumplimiento de los requisitos generales participación en la fecha de participación en las oposiciones y de los requisitos específicos de la bolsa de la especialidad. Quedarán acreditadas e incorporadas a la bolsa de la especialidad correspondiente.
- Personas que no hayan justificado el cumplimiento de los requisitos generales en la fecha de participación en las oposiciones y de los requisitos específicos de la bolsa de la especialidad. Quedarán incorporadas, y desactivadas de oficio temporalmente, en la bolsa de la especialidad correspondiente.
Contarán nuevamente con un plazo de moratoria para poder presentar la documentación necesaria para acreditar que cumplían los requisitos generales de participación y los específicos de la bolsa de la especialidad por la que se presentaron. Esta moratoria se extenderá desde la fecha de publicación de los listados definitivos hasta el 1 de septiembre de 2022. Una vez finalizado este periodo en caso de no acreditación quedarán definitivamente excluidas de la bolsa correspondiente.
Para establecer el orden en la bolsa se aplicarán las condiciones establecidas en el acuerdo de interinos de 2010, teniendo en cuenta que aquellas personas que fueron incorporadas a la bolsa por su participación en los procesos selectivos y que no hayan acreditado el cumplimiento de todos los requisitos necesarios para dicha incorporación, si hubieran participado en otros procesos de incorporación a bolsas (otros procesos selectivos o adjudicaciones de difícil cobertura) convocados posteriormente, y que hubieran cumplido los requisitos establecidos en dichos procesos, serán reordenadas en la correspondiente bolsa, de acuerdo con lo establecido en estos procedimientos de incorporación.
En el caso de que se hubiesen prestado servicios antes de este procedimiento de incorporación en el que acreditan los requisitos de titulación, estos servicios no se computarán únicamente a efectos de ordenación en bolsa.
Esta reorganización de las bolsas será efectiva en la adjudicaciones de inicio de curso 2022-23.
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Las personas que han sido excluidas de las bolsas por alguno de los motivos contemplados en el acuerdo de 2010 durante este procedimiento de acreditación, si no han sido incorporadas por otros procedimientos, mantendrán su exclusión de bolsa.
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Se podrá solicitar renuncia voluntaria definitiva a formar parte de las bolsas que se considere.
ANPE ha propuesto que el plazo de la moratoria se amplíe y que las personas que no se acrediten una vez finalizado no sean expulsadas definitivamente quedando desactivadas de oficio. La Conselleria ha transmitido que estudiará esta propuesta.
Por otro lado, ANPE ha indicado que se recoja en el texto la condicionalidad de inclusión en las bolsas en aquellas especialidades en las que se estableció como requisito la superación de pruebas de aptitud. La Conselleria tiene que determinar el procedimiento todavía pendiente de estas pruebas .
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